Actividad Artesanal en Canarias

El Gobierno de Canarias convoca subvenciones destinadas a mantener, reactivar e impulsar la Actividad Artesanal en Canarias.

Se convocan subvenciones con el objeto de mantener, reactivar e impulsar la actividad artesanal en Canarias. La finalidad es proporcionar financiación a personas y empresas artesanas, así como a agentes relacionados con el sector, para actividades como formación, mejora de talleres y comercialización de productos en ferias y eventos que destaquen la producción artesanal en las Islas Canarias.

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES: del 24 de junio al 24 de julio de 2024 hasta las 14:00 horas.

DIRIGIDO A: Asociaciones, Federaciones y Autónomos y Pymes.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:

  • Podrán ser objeto de subvención las actuaciones que se relacionan a continuación, atendiendo a su clasificación como gasto corriente o de inversión:
  • 1. Gastos corrientes:
  • a) La asistencia de las personas o las empresas artesanas para participar en ferias o eventos comerciales, expositivos y promocionales, fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, en lo sucesivo denominados genéricamente ferias.
  • b) La asistencia de las personas o las empresas artesanas a cursos o actividades formativas, relacionadas con el fomento de la creatividad, la producción y la comercialización del producto artesano.
  • c) Actividades a realizar por las entidades locales, las asociaciones profesionales de artesanos y las asociaciones, fundaciones y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro, relacionadas con la organización de cursos y seminarios sobre perfeccionamiento en el oficio, informática básica y aplicada, técnicas de calidad, comercialización, marketing, diseño, gestión empresarial, o cualquier otra materia relacionada con la producción y comercialización de la artesanía.
  • 2. Gastos de inversión:
  • a) La creación, ampliación y/o modernización de talleres artesanos.
  • b) La mejora de la calidad productiva y de la actividad comercial, y diversificación de la producción
  • c) Actividades a realizar por las entidades locales, las asociaciones profesionales de artesanos y por las asociaciones, fundaciones y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro, relacionadas con la organización de ferias de artesanía de ámbito igual o inferior a la isla. La totalidad de los participantes deberán estar inscritos en el RAC y disponer del correspondiente carnet o acreditación en vigor.

PLAZOS DE REALIZACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN:

 La subvención concedida tendrá carácter anual, estableciéndose el cómputo de inicio de la realización de la actividad subvencionada el 1 de enero de 2024, y de finalización el 31 de octubre de 2024. El plazo de justificación de la actuación subvencionada finalizará el 15 de noviembre de 2024.

ABONO DE LA SUBVENCIÓN: El pago de la subvención se llevará a cabo, de forma general, bajo la modalidad de abono previa justificación.

Documentos:

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