descarbonización sector náutico

Línea 1: Ayudas para la descarbonización del sector náutico:

ProgramasElementos subvencionablesIncentivosPerfil beneficiarioOtros elementos relevantes
Incentivos 1Adquisición de nuevas embarcaciones de cero emisiones (eslora hasta 12 metros)– Personas físicas sin actividad económica: 80% del valor de la inversión admisible, máximo 20.000 euros por embarcación

– Personas físicas y jurídicas con actividad económica: 60% del valor de la inversión admisible, máximo 20.000 euros por embarcación
– Personas físicas residentes en Canarias sin actividad económica

– Personas físicas y jurídicas que alquilan embarcaciones

– Empresas del sector náutico (excluyendo pesca, acuicultura, y transporte comercial)
– Las embarcaciones deben tener bandera española y estar registradas en las listas sexta o séptima

– Obligación de desguazar una embarcación con propulsión fósil para adquirir una nueva

– Las embarcaciones deben operar en aguas canarias o entre islas del archipiélago
Incentivos 2Transformación de embarcaciones existentes a cero emisiones– Las embarcaciones deben tener bandera española y estar registradas en las listas sexta o séptima

– Las embarcaciones deben operar en aguas canarias o entre islas del archipiélago
Incentivos 3Dotación de infraestructura necesaria para la transformación de embarcaciones60% del valor de la inversión admisible, máximo 20.000 euros por proyecto– Personas físicas y jurídicas del sector náutico destinadas a la fabricación, reparación y mecánica en Canarias– Equipos de recarga energética de las baterías

– Equipos de medida, control y diagnosis

– Adaptación de la infraestructura del taller

Línea 2: Fomento de sistemas de recarga eléctrica para embarcaciones cero emisiones

ProgramasElementos subvencionablesIncentivosPerfil beneficiarioOtros elementos relevantes
Incentivos 4Implantación de nuevos sistemas de recarga de baterías para embarcaciones eléctricas– Pequeñas empresas: 60% del coste subvencionable

– Medianas empresas: 45% del coste subvencionable

– Grandes empresas: 35% del coste subvencionable

– Beneficiarios sin actividad económica: 80% del coste subvencionable
– Personas jurídicas, públicas o privadas, que gestionen puertos deportivos o instalaciones portuarias en Canarias– La infraestructura de recarga debe estar destinada a embarcaciones eléctricas y ubicarse en Canarias

– Los sistemas de recarga deben cumplir con requisitos técnicos específicos (protecciones eléctricas, compatibilidad con protocolos, etc.)

Costes Subvencionables

  • Nuevas embarcaciones de cero emisiones.
  • Transformación de embarcaciones existentes.
  • Desguace de embarcaciones convencionales.
  • Equipamiento e infraestructura adicional para empresas.
  • Sistemas de recarga eléctrica.

Costes No Subvencionables

  • Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), salvo para beneficiarios sin actividad económica.
  • Gastos de mantenimiento y reparación.
  • Equipos auxiliares que funcionen con combustibles fósiles.
  • Costes financieros y de seguros.

El plazo de presentación de solicitudes es hasta el 02 de noviembre de 2024.

El pago de la subvención se realizará previa justificación por el beneficiario y en la parte proporcional a la cuantía de la subvención justificada, de la realización de la actuación o actuaciones para la que se concedió. Se puede acordar el abono anticipado del 100% del importe concedido, siempre que se cumplan los requisitos que figuran en las Bases Reguladoras.

Documentos:

Otras subvenciones aquí.

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