La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria ha
abierto el plazo de ayudas para inversiones en infraestructuras de regadíos hasta finales del mes de octubre.
OBJETO: Serán objeto de subvención con cargo a esta convocatoria las inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales de iniciativa privada.
BENEFICIARIOS: Serán beneficiarios de esta convocatoria las personas jurídicas bajo cualquiera de las formas admitidas en derecho o las asociaciones sin personalidad jurídica, siempre y cuando entre las finalidades o el objeto social de las mismas figure el suministro o reparto de aguas con fines agrícolas o la explotación de fincas agrícolas, y cumplan con ciertos requisitos.
Requisitos Generales:
- Registro en el REAC: La explotación agrícola debe estar inscrita en el Registro de Explotaciones Agrícolas de Canarias antes de que se conceda la subvención.
- Cumplimiento legal: No se pueden tener sanciones por discriminación de género y se debe cumplir con la legislación ambiental y de higiene.
- Compromiso de continuidad: Se debe mantener la actividad agrícola y la titularidad de la explotación durante al menos 5 años después del último pago de la subvención.
- Licencias y permisos: En caso de obras, se deben solicitar las licencias correspondientes antes de finalizar el plazo de solicitud de la subvención.
- No estar en crisis: La empresa solicitante no puede encontrarse en una situación financiera crítica.
- Información sobre empresas vinculadas: Se debe proporcionar información sobre empresas relacionadas si es requerido.
- Uso de energía renovable: En caso de inversiones en energías renovables, se debe comprometer el autoconsumo de la energía producida.
Requisitos Específicos:
- Comunidades de bienes, herencias yacentes o sociedades civiles: Todos los miembros deben asumir el compromiso de mantener la actividad agrícola y la titularidad.
- Transferencia de la instalación: Se permite la transferencia si el nuevo propietario asume el compromiso y cumple con los requisitos.
- Inversiones destinadas a restaurar el potencial agrario: Se permiten excepciones en cuanto al plazo para realizar las inversiones.
- Licencia de obra o comunicación previa: Se debe solicitar la licencia o comunicación previa antes de finalizar el plazo de solicitud.
CRITERIOS DE VALORACIÓN: Los proyectos presentados de las inversiones serán baremados por criterios de valoración. Véase Criterios de Valoración al final de la página.
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN: La subvención a conceder será del 45% de la inversión aprobada, sin que pueda superar
el límite de los ocho mil cuatrocientos (8.400,00) euros por hectárea de la superficie irrigada con cargo a la subvención
FORMA DE ABONO: El pago de las subvenciones se realizará previa justificación por la persona beneficiaria.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: desde el 1/10/2024 hasta el 31/10/2024 (23:59), para la convocatoria 2025.
Documentos: