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Resolución definitiva de la convocatoria Islas no Capitalinas

Comienzo del plazo de aceptación: Desde el 17 de agosto de 2021

Resolución definitiva: pinche aquí

Acceso a la sede electrónica: pinche aquí

Instrucciones para la aceptación en la sede electrónica: piche aquí

Su objetivo es resolver la convocatoria concediendo con carácter definitivo y designando como empresas beneficiarias de estas subvenciones para acciones o proyectos de internacionalización de pequeñas y medianas empresas canarias ubicadas en las islas
no capitalinas para el ejercicio 2021, a las entidades que se relacionan en el Anexo I de esta Orden: “empresas beneficiarias y empresas en lista de reserva”.


Segundo. – Declarar desistida la entidad que se relaciona en el Anexo II de la presente Orden, por no haber aceptado la subvención en el plazo de aceptación estipulado en la Orden de Concesión Provisional. No existen entidades excluidas a informar en el Anexo III en esta convocatoria.


Tercero. – Ordenar el pago de 297.511,00€ (DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ONCE EUROS) en favor de la Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A. – PROEXCA para atender los pagos a las empresas beneficiarias de las subvenciones para proyectos de internacionalización de e pequeñas y medianas empresas canarias ubicadas en las islas no capitalinas para el ejercicio 2021, en base a la siguiente distribución:


115.698,75€ (ciento quince mil seiscientos noventa y ocho Euros y setenta y cinco céntimos) con cargo a la aplicación presupuestaria 15.14.433C.470.02 Proyecto de Inversión 154G1087 denominado “Internacionalización de Empresas Fuerteventura”.

Las empresas beneficiarias cuyo importe de subvención haya sufrido modificación con respecto a la Orden de Resolución de Concesión Provisional n.º 301/2021, de la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo, o figuren como nuevas beneficiarias en esta Orden de Resolución de Concesión Definitiva, deberán aceptar la subvención a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias, siendo la dirección electrónica: https://sede.gobcan.es/sede/tramitador/creacion/tramites/6586, dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de esta Orden en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de Convocatoria, siendo la dirección electrónica de publicación: https://sede.gobcan.es/sede/destacados_menu_home/tablon_anuncios

En el caso de no otorgar la aceptación expresa dentro del referido plazo, se entenderá que el interesado no acepta la subvención. Las acciones que los interesados deban realizar se harán obligatoriamente a través del aplicativo de gestión telemática del procedimiento ubicado en la sede electrónica.

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